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Ciudad de M茅xico, 11 Jul.- Organizaciones de la sociedad civil denunciaron que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci贸n (TEPJF) est谩 reteniendo de manera indebida un expediente que impugna la reciente designaci贸n de sus integrantes, a pesar de que la Constituci贸n establece que dicha controversia debe ser resuelta exclusivamente por la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n (SCJN).
El 19 de junio de 2025, un grupo de organizaciones ciudadanas present贸 ante el Instituto Nacional Electoral (INE) un juicio de inconformidad en contra de los acuerdos INE/CG567/2025 e INE/CG568/2025, que validaron los resultados de la elecci贸n extraordinaria de magistradas y magistrados de la Sala Superior del TEPJF.
La acci贸n legal fue interpuesta en estricto apego a la ley, con fundamento en los art铆culos 50 y 53 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnaci贸n en Materia Electoral (LGSMIME), que se帽alan claramente que estos casos deben ser remitidos directamente a la SCJN.
鈥淓ste caso es una muestra m谩s del patr贸n de regresi贸n institucional que ha caracterizado a la actual integraci贸n de la Sala Superior del TEPJF: cierre progresivo del acceso a la justicia electoral, debilitamiento de las garant铆as jurisdiccionales m铆nimas y desprotecci贸n de los derechos colectivos que busca defender la ciudadan铆a.鈥, se帽alaron los representantes de Poder Ciudadano, Proyecto Justicia Com煤n, Laboratorio Electoral, Consejo Nacional de Litigio Estrat茅gico, Electoralista, y Pr谩ctica: Laboratorio para la Democracia.
Contraviniendo el marco constitucional, el INE turn贸 el expediente a la propia Sala Superior del TEPJF y en un acto sin justificaci贸n legal, el tribunal no s贸lo recibi贸 el caso, sino que adem谩s lo asign贸 a la ponencia del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera. Desde entonces, el expediente ha sido retenido por el TEPJF sin que exista motivo legal para ello, incumpliendo de manera flagrante con la obligaci贸n de remitirlo de forma inmediata a la Corte.
A m谩s de nueve d铆as de haberse apropiado del caso, la Sala Superior sigue sin enviar el expediente a su destino legal, en lo que organizaciones como Poder Ciudadano califican como una grave violaci贸n al derecho de acceso a la justicia, al principio de legalidad y al debido proceso establecidos en los art铆culos 14, 16 y 17 de la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos.
Esta retenci贸n injustificada, sostienen las organizaciones firmantes, constituye una interferencia institucional indebida y un intento evidente de obstaculizar la revisi贸n constitucional de una elecci贸n que involucra a los propios integrantes del tribunal, lo que pone en entredicho su imparcialidad y su compromiso con la legalidad democr谩tica.
Las organizaciones exigen la remisi贸n inmediata del expediente a la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n, la 煤nica instancia constitucionalmente competente para resolver esta controversia. 鈥淓l respeto al orden constitucional no es opcional. La retenci贸n deliberada del expediente es una obstrucci贸n inaceptable que atenta contra la integridad del sistema electoral y el Estado de Derecho鈥, advirtieron.